Control público constructivo

El Tribunal de Cuentas capacitará a deportistas y dirigentes de instituciones deportivas

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Autoridades del Tribunal de Cuentas de la Provincia y de la Secretaría de Deportes mantuvieron un encuentro con el objetivo de acordar determinadas acciones que permitan lograr mayor eficacia y eficiencia en el control de los fondos públicos. Se capacitará a deportistas y dirigentes de instituciones deportivas para contribuir con la correcta rendición de cuentas de subsidios.

El presidente del Tribunal de Cuentas, Dr. Diego Lucio Nicolás Lara; y sus vocales, Cr. José Luis Gea Sánchez y Cra. María de los Ángeles Moia; recibieron al secretario de Deportes de la Provincia, Cr. José Gómez; y a su director General de Asuntos Legales y de Relaciones Institucionales, Dr. Dante Molina; para mantener una reunión en la sede del órgano de control.

Durante el encuentro se acordaron acciones de capacitación para brindar asesoramiento a dirigentes de instituciones deportivas y deportistas de la provincia que reciben el apoyo del Estado a través de subsidios o aportes; acompañándolos, optimizando la relación con ellos y evacuando sus dudas, para contribuir con una rendición de cuentas oportuna.

Fortaleciéndose de esta manera el control público provincial; posibilitando un control constructivo y más eficiente, tratando de colaborar desde el Tribunal de Cuentas para que los cuentadantes no recaigan en los errores más comunes y evitar llegar a la aplicación de sanciones.

Rendición de Subsidios en el TCER

Cuando una persona o institución recibe un subsidio del Estado Provincial, el beneficiario debe rendir cuenta de los gastos en el Tribunal de Cuentas (Acordada 271/14 del TCER).

El Tribunal de Cuentas se encarga de controlar los recursos públicos para verificar su adecuado uso; y cuando una persona o institución recibe un subsidio, recibe fondos públicos. Por eso se debe rendir cuentas de los gastos afrontados con el subsidio, a fin de demostrar que se le dio un destino apropiado (conforme el objeto previsto al momento de otorgar el subsidio).

De esta manera, el Estado puede continuar cumpliendo con el objetivo de bien público que tienen los subsidios.

En caso de no presentar la rendición, vencido el plazo correspondiente, se considera que la persona o institución le adeuda ese dinero al Estado; por lo que se enviará una cédula intimando al beneficiario a realizar la rendición.

Y si aun así no la presentase, el Tribunal de Cuentas iniciará un Juicio de Cuenta para que se devuelva el monto que fue otorgado, más los intereses correspondientes.

Más información en >>> https://www.tcer.gob.ar/informacion/rendicion-de-subsidios.php