Acordadas, Resoluciones y Sentencias

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Normativa

Constitución Provincial

El Tribunal de Cuentas de Entre Ríos es un órgano de control externo de los fondos públicos entrerrianos, posee jerarquía constitucional y autonomía funcional.

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Ley Orgánica

Artículo 1º: El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos tendrá las facultades y atribuciones establecidas en la Constitución y en la presente Ley y funcionará de acuerdo con las prescripciones de las mismas. Ver texto completo de la Ley Nº 5.796.

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Ley 10.436

El nombramiento del Contador General, del Tesorero General, de los miembros del Tribunal de Cuentas que no tengan otra forma prevista por la Constitución Provincial y sus Fiscales, se realizará previo concurso público de oposición y antecedentes.

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Reglamento Orgánico Funcional

Artículo 1º: El H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos tiene y ejercita su jurisdicción y competencia, con las atribuciones del artículo 143° de la Constitución Provincial y con el espíritu interpretativo de la Convención Constituyente de 1933. Igualmente por su Ley Orgánica 5796, sus modificatorias y el presente Reglamento.

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Normativa y procedimientos del TCER

El Tribunal de Cuentas de la Provincia elaboró una guía que contiene las normativas y procedimientos inherentes al funcionamiento del organismo. El objetivo es ofrecer un documento con lenguaje llano y simple para que dicha información sea accesible para toda la ciudadanía.

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Registro de Antecedentes Doctrinarios y Jurisprudenciales

A partir de la Acordada N° 305 se dispuso la implementación del Registro de Antecedentes Doctrinarios y Jurisprudenciales, que incluye los Dictámenes, Resoluciones, Sentencias, e Informes producidos por las distintas dependencias del TCER, las cuales contienen aspectos de interés en materia jurídico contable y de control externo.

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Normativa destacada del TCER

A continuación se encuentra disponible, a modo de compendio, la normativa destacada del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos para su consulta.

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